Fuentes primarias
- [1] Proposal for a Regulation of the European Parliament and of the Council on the establishment of European Business Wallets. European Commission, COM(2025) 838 final, 2025-11-19. Comprobado 2026-10-22.
La propuesta de la Comisión que crea los European Business Wallets: una herramienta digital armonizada que permite a empresas, autónomos y organismos públicos identificarse, firmar y sellar documentos, e intercambiar atestaciones verificadas a través de las fronteras de la UE. Los organismos del sector público deben aceptar un Wallet para identificación, autenticación, presentación de documentos y notificaciones; el uso sigue siendo voluntario para las empresas. Las acciones realizadas mediante el Wallet tienen el mismo efecto jurídico que su equivalente en papel o presencial, respaldadas por servicios de confianza cualificados, un Directorio Digital Europeo y gestión de mandatos para la actuación delegada, supervisadas por los organismos eIDAS existentes.
- [2] European Business Wallets (policy page). European Commission, Shaping Europe's digital future. Comprobado 2026-10-22.
La página de política de la propia Comisión que presenta los European Business Wallets como una forma de que empresas y administraciones públicas se identifiquen, autentiquen e intercambien datos de forma segura a través de las fronteras de la UE, abarcando la verificación de identidad digital, el almacenamiento y la compartición de documentos, las firmas digitales y la comunicación segura con los gobiernos. Cita un ahorro anual estimado de 160.000 millones de euros para las empresas y una reducción adicional de costes de 5.000 millones de euros hasta 2029, con una implementación que comenzaría dos años después de la adopción del reglamento.
- [3] Simpler EU digital rules and new digital wallets to save billions for businesses and boost innovation. European Commission, press release, IP/25/2718, 2025-11-19. Comprobado 2026-10-22.
El comunicado de prensa de la Comisión que anuncia, el 19 de noviembre de 2025, un paquete digital que combina un omnibus digital que simplifica las normas de IA, ciberseguridad y datos, una Estrategia de la Unión de Datos y la propuesta de European Business Wallets. Presenta los Wallets como una identidad digital única para las empresas que simplifica los trámites y los negocios transfronterizos, proyectando hasta 150.000 millones de euros de ahorro anual para las empresas gracias a los Wallets y hasta 5.000 millones de euros de ahorro en costes administrativos gracias al paquete de simplificación más amplio para 2029.
- [4] Establishment of European Business Wallets (procedure file). European Parliament, Legislative Observatory, 2025/0358(COD). Comprobado 2026-10-22.
El registro oficial de procedimiento del Parlamento para el expediente de los European Business Wallets, tramitado como procedimiento legislativo ordinario. Recoge la propuesta de la Comisión (19 de noviembre de 2025), la remisión del Parlamento a la comisión de Industria, Investigación y Energía (ITRE) (19 de enero de 2026, ponente Eero Heinäluoma) con opiniones de las comisiones IMCO y JURI, y la votación en comisión para abrir negociaciones interinstitucionales el 10 de septiembre de 2026 — la fuente autorizada sobre la fase actual del expediente y los actores que lo dirigen en el Parlamento.
- [5] European business wallets (legislative train file). European Parliament, Legislative Train Schedule. Comprobado 2026-10-22.
La entrada del Legislative Train del Parlamento para este expediente, que describe los Wallets como herramientas para reducir la carga administrativa y la fragmentación mediante identificación, autenticación e intercambio transfronterizo de datos seguros para los operadores económicos. Recoge la propuesta de la Comisión (19 de noviembre de 2025), el proyecto de informe del ponente (abril de 2026) y la posición negociadora del Consejo (9 de junio de 2026), y señala que los organismos públicos deberán aceptar los Wallets en un plazo de 24 meses tras la entrada en vigor, mientras que el uso sigue siendo voluntario para las empresas.
- [6] European business wallets: Council adopts negotiating position. Council of the European Union, press release, 2026-06-09. Comprobado 2026-10-22.
El comunicado de prensa del Consejo que anuncia su posición negociadora, adoptada el 9 de junio de 2026, sobre los Wallets: los gobiernos de la UE respaldan el modelo de la Comisión de identidad digital, firma electrónica y actuación delegada con equivalencia jurídica al papel, añadiendo a la vez flexibilidad para que los Estados miembros mantengan sistemas nacionales complementarios y aumentando de 30 a 60 días el plazo para autorizar a los proveedores de Wallet. Allana el camino para las negociaciones de trílogo con el Parlamento.
- [7] Regulation (EU) No 910/2014 on electronic identification and trust services for electronic transactions in the internal market (eIDAS). Official Journal of the European Union, 2014-07-23. Comprobado 2026-10-22.
El Reglamento eIDAS original, que construye confianza a escala de la UE en las transacciones electrónicas al exigir a los Estados miembros el reconocimiento mutuo de sus respectivos sistemas notificados de identificación electrónica en los niveles de garantía «bajo», «sustancial» o «alto», y armonizando las normas para servicios de confianza cualificados como las firmas electrónicas, sellos, sellos de tiempo y entrega certificada. Las firmas electrónicas cualificadas tienen el mismo efecto jurídico que una firma manuscrita, los proveedores de servicios de confianza son responsables por incumplimiento, y cada Estado miembro designa una autoridad de supervisión para auditarlos.
- [8] Regulation (EU) 2024/1183 amending Regulation (EU) No 910/2014 as regards establishing the European Digital Identity Framework. Official Journal of the European Union, 2024-04-11. Comprobado 2026-10-22.
«eIDAS2»: modifica el Reglamento eIDAS original para crear el marco del European Digital Identity Wallet, exigiendo a los Estados miembros que proporcionen un Wallet certificado que permita a personas y empresas almacenar, gestionar y divulgar selectivamente datos de identidad y atestaciones electrónicas de atributos, con un intercambio controlado por el usuario y un panel obligatorio de divulgaciones pasadas. Los datos del Wallet deben estar lógicamente separados de otros servicios del proveedor, las plataformas muy grandes deben aceptar el Wallet a petición, y el código de la aplicación de cara al usuario debe ser de código abierto.
- [9] Directive (EU) 2017/1132 relating to certain aspects of company law, which establishes the European Unique Identifier (EUID). Official Journal of the European Union, 2017-06-14. Comprobado 2026-10-22.
Una codificación de las directivas de derecho de sociedades de la UE. Su disposición relevante exige que toda empresa y sucursal registrada en un Estado miembro obtenga un Identificador Único Europeo (EUID) para poder identificarse sin ambigüedad en toda la Unión, combinando el Estado miembro, el registro nacional y el número de la empresa o sucursal. El EUID existe únicamente para la comunicación entre los registros mercantiles nacionales interconectados (el sistema BRIS) y no sustituye al número de registro nacional existente de la empresa para el uso empresarial ordinario.
- [10] Commission Implementing Regulation (EU) 2015/1502 setting out minimum technical specifications and procedures for assurance levels for electronic identification means pursuant to Article 8(3) of Regulation (EU) No 910/2014. Official Journal of the European Union, OJ L 235, 9.9.2015, p. 7, 2015-09-08. Comprobado 2026-10-22.
El acto de ejecución que define lo que realmente requieren los niveles de garantía eIDAS «bajo», «sustancial» y «alto», en cuatro ámbitos: registro (incluyendo el rigor con el que se verifica la identidad), gestión de los medios de identificación electrónica, autenticación, y las propias prácticas de gestión y seguridad de la organización emisora. Los niveles de garantía más altos exigen una verificación de identidad más estricta y factores de autenticación más sólidos, y los requisitos se basan en normas internacionales como la ISO/IEC 29115, de modo que los diferentes sistemas nacionales de eID de los Estados miembros puedan seguir siendo interoperables.
- [11] Architecture and Reference Framework for the EU Digital Identity Wallet. European Commission, EU Digital Identity Wallet, v3.0.0, 2026-07-21. Comprobado 2026-10-22.
El plano técnico mantenido por la Comisión para el European Digital Identity Wallet exigido por eIDAS2: requisitos de alto nivel, un conjunto de especificaciones técnicas numeradas, modelos de confianza y certificación, y directrices de diseño que cubren áreas como los pagos, la portabilidad de datos y las interacciones entre wallets. La versión 3.0.0 (21 de julio de 2026) se describe a sí misma como la fuente única de verdad sobre la que construyen los Estados miembros y los proveedores de wallet, y sigue registrando temas de debate abiertos como las pruebas de conocimiento cero que preservan la privacidad.
- [12] Commission Staff Working Document accompanying the Proposal for a Regulation on the establishment of European Business Wallets. European Commission, SWD(2025) 837 final, 2025-11-19. Comprobado 2026-10-22.
El análisis de tipo evaluación de impacto que respalda la propuesta de Business Wallet, que modeliza el ahorro de costes con el Modelo de Costes Estándar de la UE en cinco categorías de actividad administrativa: identificación y autorización, intercambio de documentos e información, cumplimiento y verificación, mantenimiento de registros y gestión de datos, y coordinación transfronteriza. Define rangos de adopción para los operadores económicos de aproximadamente el 10,43 %, el 33 %, el 50 % y el 75 % (su límite superior realista, en línea con la ambición del sector para 2030), además de un 100 % teórico, asumiendo que los organismos del sector público alcanzan el 100 % en todos los casos. Con una adopción del 75 %, estima unos beneficios directos anuales máximos de aproximadamente 169.000 millones de euros (unos 14.000 millones de euros para los organismos públicos y unos 155.000 millones de euros para las empresas); con una adopción del 100 %, unos 225.000 millones de euros. Ninguna de las dos cifras coincide con la estimación de 150.000 millones de euros del comunicado de prensa ni con la de 160.000 millones de euros de la página de políticas, y el documento no concilia las tres cifras entre sí.
- [13] Proposal for a Regulation of the European Parliament and of the Council on the establishment of European Business Wallets: General approach. Council of the European Union, Presidency note to the Permanent Representatives Committee, ST 7659/26, 2026-05-22. Comprobado 2026-10-22.
The Council's general approach text, linked as such from its press release of 9 June 2026. A cover note from the Cyprus Presidency summarises the changes made in the Council's working party, and the annex sets out the full Regulation with additions to the Commission proposal in bold and deletions struck through. Among other things it turns provider notification into an authorisation procedure with a 60-day review, drops the fast track for qualified trust service providers, lets Member States choose their supervisory body, removes the fixed 24-month deadline for public sector bodies, and ties the dates of application to the adoption of implementing acts.
- [14] Regulation (EU) 2018/1724 establishing a single digital gateway to provide access to information, to procedures and to assistance and problem-solving services. Official Journal of the European Union, OJ L 295, 21.11.2018, p. 1, 2018-10-02. Comprobado 2026-10-22.
El Reglamento de la pasarela digital única. Crea un único punto de entrada en línea a la información, los procedimientos y los servicios de asistencia que los ciudadanos y las empresas necesitan en toda la Unión, y exige que los procedimientos enumerados en su anexo II estén plenamente disponibles en línea para los usuarios transfronterizos. Su artículo 14 establece el sistema técnico para el intercambio transfronterizo automatizado de pruebas entre autoridades competentes, aplicando el principio de «solo una vez» para que los mismos datos no tengan que facilitarse más de una vez a las autoridades públicas. Las pruebas solo circulan a petición expresa del usuario, y el Reglamento exige que el intercambio cumpla plenamente el derecho de protección de datos, incluidas la minimización de datos y la limitación de la finalidad.
